Accesibilidad

El Ayuntamiento de Arenys de Mar se ha comprometido a hacer accesible este sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en lo sucesivo, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).

La presente declaración de accesibilidad se aplica a www.visitarenys.com

Situación de cumplimiento

Este sitio web es plenamente conformo con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:

Carencia de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre: Podrían existir varios errores de edición en alguna página web, tanto a contenidos HTML como documentos finales, publicados con fecha posterior al 20 de septiembre de 2018.
Carga desproporcionada: no aplica.
El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable: podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en la totalidad los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 28 de septiembre de 2021.

El método utilizado para preparar la declaración ha sido un informe de accesibilidad llevada a cabo por la empresa Ample24 sccl.

Observaciones y datos de contacto

Comunicaciones

Se pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre), a través del siguiente buzón de contacto.

Por ejemplo:

Informar sobre cualquiera posible incumplimiento por parte de este sitio web.
Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

Solicitudes de información accesible y quejas

Para hacer solicitudes de información accesible y quejas (artículo 12 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre) hay que acceder al trámite “Sugerencias, quejas y propuestas”.

Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y solicitar información relativa a contenidos que estén excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.

Las solicitudes y quejas se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Procedimiento de aplicación

El procedimiento de aplicación recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, se puede iniciar al trámite “Sugerencias, quejas y propuestas”.

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta ha sido desestimada, no estás de acuerdo con la decisión adoptada o la respuesta no cumple con los requisitos del artículo 12.5 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, puedes iniciar una reclamación por:

Conocer y oponerte a los motivos de la desestimación
Instar a la adopción de las medidas oportunas en caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada
Exponer las razones por las cuales consideras que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.

También se puede iniciar una reclamación en caso de que hayan transcurrido 20 días hábiles sin haber obtenido ninguna respuesta.

El compromiso del Ayuntamiento de Arenys de Mar para la accesibilidad.

El web www.visitarenys.com se ha construido con el ánimo de facilitar el acceso universal a todas las personas que lo consultan independientemente de sus capacidades, físicas, sensoriales o intelectuales, y del contexto técnico de uso con que lo hacen (tipo de dispositivo, software, velocidad de la conexión, condiciones ambientales, etc.).

El compromiso del Ayuntamiento de Arenys de Mar es llegar a cumplir el nivel de conformidad ‘Doble-A’ (AA), tal como exigen a las administraciones públicas las legislaciones europea y estatal.

La Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2016 establece las normas que se exigen a los estados miembros para que todos los webs y aplicaciones móviles del sector público, independientemente del dispositivo utilizado para acceder, cumplan los requisitos de accesibilidad que se recojan a la norma EN 301 549 v2.1.2 (de agosto de 2018), de requisitos de accesibilidad adecuados para la contratación pública de productos y servicios TIC a Europa.